Jueves, 18 de Abril 2024

Bancos presentan lista de días sin servicio en México

Comisión Nacional Bancaria y de Valores indica que serán 11 fechas sin operaciones físicas. Las instituciones deberán informar cambios de horario o cierre a sus cuentahabientes

Por: El Informador

Servicio. Algunas sucursales operan los sábados, pero en caso de ser día de asueto no abrirán sus puertas. Especial

Servicio. Algunas sucursales operan los sábados, pero en caso de ser día de asueto no abrirán sus puertas. Especial

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dio a conocer el calendario de los días del año 2022 en que los bancos y demás entidades financieras deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones.  

El calendario incluye además de los bancos a las casas de bolsa, calificadoras, sociedades de inversión, bolsas de valores, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo e instituciones de tecnología financieras así como a las sociedades financieras populares y comunitarias.  

Se señala el 1 de enero del 2022, es decir el primer día del año nuevo no habrá atención al público. Después el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, luego el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.

Por Semana Santa se suspenden operaciones el 14 y 15 de abril del 2022, y el 1 de mayo por el Día del Trabajo.  El viernes 16 de septiembre por las fiestas patrias.    

Además, el 2 de noviembre por Día de Muertos y el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.    

También cerrarán sus puertas el público el 12 de diciembre por el Día del trabajador bancario y el 25 de diciembre por Navidad.  

Los sábados y domingos, aunque hay algunas sucursales bancarias que abren sus puertas en plazas principales y comerciales.

Sin embargo, la CNBV podrá ordenar a las entidades financieras, cerrar sus puertas y suspender operaciones dentro de la República Mexicana en días distintos a los señalados, cuando así lo considere necesario por razones de seguridad nacional o de interés público.  

Tratándose del cierre temporal, cambio de horario o suspensión de operaciones de sucursales que se dé por cualquier motivo y que impliquen que en una o más plazas de la República Mexicana no se tenga la posibilidad de abrir las puertas y realizar operaciones con el público afectando con ello el sistema de pagos del país, deberá darse aviso inmediato a la CNBV, informando las medidas adoptadas para asegurar la continuidad del servicio a su clientela.

MQ

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