Jueves, 28 de Marzo 2024

Piden pena de 9 años de cárcel a quien difunda imágenes de cadáveres

El coordinador del PRD en el Senado, Miguel Ángel Mancera, presentó una iniciativa de ley

Por: SUN .

La pena aumentará en una tercera parte, sí la información que se difunda se trate de cadáveres de mujeres, mayores o menores de edad. EFE / ARCHIVO

La pena aumentará en una tercera parte, sí la información que se difunda se trate de cadáveres de mujeres, mayores o menores de edad. EFE / ARCHIVO

El coordinador del PRD en el Senado, Miguel Ángel Mancera, presentó una iniciativa para castigar con una pena de hasta 9 de años de prisión al servidor público que difunda imágenes de cadáveres de mujeres, mayores o menores de edad.

Las reformas al Código Penal Federal prevén sancionar este delito también con una multa de mil Unidades de Medida de Actualización, equivalentes a 96,220 pesos.

En la Gaceta Parlamentaria se destaca el objetivo es sancionar a la persona servidora pública que de forma indebida, difunda, entregue, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la ley como delitos.

Mancera argumentó que en fechas recientes se ha dado cuenta de muertes en las que se han visto involucradas niñas, adolescentes y mujeres y que, lamentablemente, desde los primeros momentos de los hallazgos, ya circulan en redes sociales o medios de comunicación contenido sensible o relacionado con estos crímenes.

Indicó que desafortunadamente la difusión de este contenido como imágenes o videos va acompañada de encabezados que se encargan de llamar la atención de las o los espectadores, con el fin de narrar con lujo de detalle alguna situación violenta suscitada en el país.

El exjefe de Gobierno de la Ciudad de México dijo que este tipo de contenido sensible se presentó en febrero de 2020, cuando se divulgó en redes sociales y medios de comunicación el cuerpo de una persona del sexo femenino víctima de feminicidio en la Ciudad de México.

Expuso que en la Ley General de Víctimas y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia está establecido que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye una lesión a la dignidad de la persona y la memoria de la víctima.

Agregó que al sancionar y evitar las filtraciones y la exposición masiva ante los medios y redes sociales se busca:

Preservar la dignidad de las víctimas y sus familiares; disminuir el daño que sufren las víctimas, al evitar que sean revictimizadas; erradicar la normalización de la violencia ejercida contra todas las personas, pero principalmente contra las mujeres, niñas o adolescentes y sancionar a las personas servidoras públicas involucradas en las filtraciones.

Las modificaciones propuestas establecen que se impondrá de tres a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida, difunda, entregue, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la ley como delitos.

La pena aumentará en una tercera parte, sí la información que se difunda se trate de cadáveres de mujeres, mayores o menores de edad.

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