CIUDAD DE MÉXICO (15/AGO/2017).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó invalidar la integración del Congreso de la Ciudad de México contenido en la Constitución capitalina con el 50% de legisladores por mayoría relativa y el otro 50% por representación proporcional.Al término de la sesión de este martes, los integrantes del Pleno rechazaron la propuesta del ministro Javier Laynez Potisek que buscaba que los próximos comicios de octubre en la Ciudad de México se realizaran conforme al Estatuto del Gobierno capitalino."La Norma Fundamental ha establecido de manera expresa las bases mínimas de naturaleza electoral que la Constitución de la Ciudad de México está obligada a adoptar para la integración de su congreso, dentro de las que destaca el establecimiento de un sistema mixto para la elección de sus integrantes, en tanto impone que los Diputados locales deberán ser electos bajo los principios de mayoría relativa y representación proporcional", explicó el ministro.La propuesta era que por única ocasión se eligiera un Congreso local integrado por 40 diputados por el principio de mayoría relativa y 26 por representación proporcional."Deberá conservarse el modelo de distritación previsto para el Distrito Federal", señaló el ministro."Una vez que se conforme la primer legislatura, dentro de su primer periodo ordinario de sesiones, deberá adecuar en la Constitución local la relación porcentual de diputados a elegirse por ambos principios y sus elementos normativos que fueron declarados inválidos, con apoyo en las consideraciones de la presente sentencia".Por mayoría de 10 votos los ministros rechazaron la propuesta y declararon válidos los preceptos de la Constitución de la Ciudad de México que establecen que el Congreso local estará compuesto por 33 diputados electos por mayoría relativa y 33 por representación proporcional.Asimismo, por mayoría de ocho votos los ministros consideraron que la Constitución es válida a pesar de que la Procuraduría General de la República argumentó que existieron irregularidades en el proceso legislativo en que se aprobó, específicamente en cuanto a la realización de consulta pública a discapacitados y comunidades indígenas.Finalmente, por unanimidad los ministros consideraron que no existieron irregularidades en el actuar de la Conferencia de Armonización dela Asamblea Constituyente al momento de realizar las votaciones para la aprobación de los diversos dictámenes que llevaron a la promulgación del texto constitucional, como acusó la PGR.