Domingo, 06 de Abril 2025

¿Cuánto reembolsa el SAT por gastos funerarios?

Estos son los gastos funerarios deducibles ante el SAT y los requisitos para poder declararlos

Por: Oscar Eduardo Bravo Gutiérrez

De esta forma puedes incluir gastos funerarios en tu declaración anual ante el SAT. EL INFORMADOR / ARCHIVO

De esta forma puedes incluir gastos funerarios en tu declaración anual ante el SAT. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene entre los rubros que pueden ser deducibles un apartado para gastos funerarios. Especialmente en servicios sobre el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El SAT señala que son  deducibles los gastos funerarios que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $39,606.36 pesos. Puedes deducir los pagos realizados para ti, tu cónyuge o concubina(o), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $39,606.36.

Sin embargo, cabe destacar que los gastos funerales a futuro solo son deducibles hasta el año calendario en que se utilicen los servicios.

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Esto debes de tomar en cuenta para poder deducir ante el SAT:

  • Servicios funerarios a futuro, planes de previsión, seguros de vida y de gastos funerales son deducibles unicamente los efectivamente ejercidos en el año.
  • Cien por ciento de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como servicio de cafetería o exhumación.
  • Gastos cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente, emitido en el ejercicio que aplique.
  • Gastos funerarios de tus mascotas.
  • Verifica que el campo "Uso del CFDI" sea por gastos funerarios.
  • Cuando recibas tu factura cerciórate que la clave de producto y servicio que te consideraron corresponda a las claves relacionadas con este tipo de deducción persona

¿Cuánto reembolsa el SAT por gastos funerarios?

El monto total de las deducciones personales en total no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a $198,032.00 o de 15% del total de tus ingresos, lo que resulte menor. Cabe señalar que este monto se acumula de todas las deducciones personales no solo las específicas de gastos funerarios.

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