Sábado, 21 de Diciembre 2024

LFT: ¿Trabajadoras del hogar tienen derecho a recibir aguinaldo?

El aguinaldo es una remuneración adicional a lo trabajado durante el año

Por: Alexia Desiree Lepe Lucas

El 91% de las personas laborando en el sector doméstico son mujeres. EFE / ARCHIVO

El 91% de las personas laborando en el sector doméstico son mujeres. EFE / ARCHIVO

El aguinaldo, es una prestación de ley que se otorga a las personas trabajadoras en el mes de diciembre, como una remuneración adicional a lo trabajado durante el año. Este es un derecho laboral establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Trabajos “informales” como el del sector doméstico, deben de recibir esta prestación, aún si no se tiene un contrato escrito. Sin embargo, el 70% de estas trabajadoras no recibe este pago adicional.

Durante décadas, el derecho al aguinaldo había sido negado a las trabajadoras del hogar y de cuidados de manera remunerada. No obstante, en 2019 la LFT señaló en el artículo 334 Bis, que el aguinaldo, además de las vacaciones, la prima vacacional y el pago de días de descanso, así como la seguridad social, deben ser prestaciones proporcionadas por los empleadores.

Hacia el tercer trimestre del 2024, había al rededor de 2.3 millones de personas laborando en el sector doméstico, de las cuales el 91% son mujeres, y sólo el 2.5% ha sido afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Marcelina Bautista, directora fundadora del Centro Nacional para la Capacitación Profesional y Liderazgo de las Empleadas del Hogar (Caceh), dice que “tienen hasta el 20 de diciembre para pagar el aguinaldo, es muy importante que lo sepan y, sobre todo, que lo cumplan”.

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Asimismo, el artículo 87 de la LFT establece que el monto mínimo del aguinaldo es de 15 días de salario, para las personas que llevan un año o más laborando. Este se debe de pagar antes del 20 de diciembre.

Este derecho también se otorga a aquellas personas que no hayan cumplido el año de servicio, que hayan renunciado o se les haya despedido antes de cumplir el año. En estos casos, se les debe pagar la cantidad proporcional, de acuerdo con el tiempo que trabajaron.

De acuerdo con Caceh, la parte proporcional se calcula multiplicando el salario diario por 15 días de aguinaldo. Luego, el resultado se divide entre los 12 meses del año y esa cantidad se multiplica por los meses que laboró la trabajadora.

En caso de que no se respete este derecho, pueden denunciarlo en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde se les dará orientación de manera gratuita.

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A los empleadores que no cumplan con el pago del aguinaldo a las trabajadoras del hogar, se les impondrá una multa de entre 50 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), según el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo.

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