Martes, 23 de Julio 2024

Esto pasará con tu pensión del Bienestar si falleces

La resolución del trámite puede tardar hasta dos meses. Una vez aprobado, el pago se realiza en el siguiente bimestre tras completar el proceso

Por: Brenda Barragán

Este proceso asegura que los beneficios del programa se manejen de manera transparente y eficiente, cumpliendo con el objetivo de apoyar económicamente a los adultos mayores y sus familias en momentos difíciles. Pensión del Bienestar

Este proceso asegura que los beneficios del programa se manejen de manera transparente y eficiente, cumpliendo con el objetivo de apoyar económicamente a los adultos mayores y sus familias en momentos difíciles. Pensión del Bienestar

La Pensión Bienestar, un programa ampliamente reconocido por su apoyo mensual a los adultos mayores en México, genera preguntas frecuentes sobre qué sucede con el dinero asignado en caso de fallecimiento del beneficiario.

Según la página oficial de la Secretaría de Bienestar, en tales circunstancias, el representante legal o "adulto auxiliar" designado tiene derecho a recibir un pago único conocido como Pago de Marcha. Este incentivo se entrega una vez notificado el fallecimiento del beneficiario.

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¿Qué implica el pago de marcha y cómo se solicita? 

En esencia, este beneficio económico se destina al representante legal registrado por el beneficiario para realizar trámites relacionados con la pensión. Para tramitarlo, se requieren documentos específicos: acta de defunción original y copia, certificado médico de defunción original y copia, así como una identificación oficial (INE o Pasaporte) del representante legal.

Es crucial informar del fallecimiento lo más pronto posible a través de la Línea de Bienestar o en un Módulo de Atención, dentro de un plazo de cuatro meses desde la fecha del deceso. La resolución del trámite puede tardar hasta dos meses. Una vez aprobado, el pago se realiza en el siguiente bimestre tras completar el proceso.

Es importante destacar que el Pago de Marcha es único y no se otorga más de una vez. Además, el dinero restante en la cuenta bancaria del beneficiario puede ser retirado por el adulto auxiliar.

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El programa de Pensión Bienestar no es heredable ni transferible; por lo tanto, con la baja del beneficiario, se cancela automáticamente cualquier apoyo pendiente. Según las Reglas de Operación del Programa para el ejercicio fiscal 2024, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el monto del Pago de Marcha es de 3 mil pesos.

Para realizar el trámite, los interesados pueden consultar los Módulos de Atención disponibles en el portal Normateca de la Secretaría de Bienestar. Este proceso asegura que los beneficios del programa se manejen de manera transparente y eficiente, cumpliendo con el objetivo de apoyar económicamente a los adultos mayores y sus familias en momentos difíciles.

BB

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