A lo largo de este 2024, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) informó de diversos cambios como la simplificación de trámites como el RFC y la firma electrónica (e.firma), además de que se darán más facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza o como la posibilidad de tramitar de manera más ágil la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.Otro de los trámites que también agilizó el SAT fueron los adeudos, para que se pueda regularizar la situación fiscal de las personas a través de una serie de facilidades de pago. Estas podrán ser de hasta 36 parcialidades y una reducción de el cien por ciento de la multa.Asimismo, las personas físicas y morales que presenten adeudos determinados o con adeudos autodeterminados (declaraciones), pueden solicitar un pago a plazos, la reducción de multas y tasa de recargos. Sin embargo, con el fin de año, habrá algunos días en los que el SAT no podrá realizar ciertos trámites, por lo que se sugiere a las personas que tomen precauciones.El pasado 12 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, que indica cuando será el segundo periodo general de vacaciones del SAT. Por lo tanto, durante estas fechas, los actos administrativos no surten efecto, pero la atención presencial en las oficinas y los módulos de todo el país no se suspende.Uno de los trámites que no podrás realizar es la solicitud de devolución de saldos a favor o si tienes un trámite en proceso, ya que durante estos días, dichos trámites se detienen. Los otros trámites que no podrás realizar son los siguientes: GG