El SAT ha anunciado una medida para garantizar el cumplimiento de los contribuyentes antes del 1 de enero de 2025. Esta disposición incluye sanciones económicas en caso de incumplimiento.La medida consiste en la habilitación del Buzón Tributario, un servicio que facilita la comunicación directa entre la autoridad fiscal y los contribuyentes. A través de este servicio, los contribuyentes pueden realizar trámites, presentar promociones y recibir respuestas de manera eficiente. El Buzón Tributario es obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).No obstante, en el caso de personas morales con situación fiscal suspendida en el RFC, esta obligación no será aplicable para trámites específicos. Tampoco será obligatorio para aquellos contribuyentes que no hayan emitido facturas electrónicas (CFDI) de ingresos ni recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.El Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 86-C y 86-D, establece multas para quienes incumplan con la habilitación del Buzón Tributario, el registro o la actualización de los medios de contacto. Estas sanciones oscilan entre $3,850 y $11,540, según lo informado por el SAT.Cumplir con esta obligación no solo evita sanciones, sino que también facilita la gestión de trámites y la comunicación efectiva con el SAT.JM