Jueves, 25 de Abril 2024

Van 39 amparos contra el nuevo etiquetado de alimentos, según la SE

Por el momento se ha negado a las empresas la suspensión provisional del cumplimiento de la norma

Por: SUN

Las nuevas reglas para el etiquetado entraron en vigor el 1 de octubre, pero no habrá sanción por incumplimiento hasta el 1 de diciembre. XINHUA/F. Cañedo

Las nuevas reglas para el etiquetado entraron en vigor el 1 de octubre, pero no habrá sanción por incumplimiento hasta el 1 de diciembre. XINHUA/F. Cañedo

Aunque el sector privado alertó que con la entrada en vigor de la nueva norma de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados llegarán más amparos, la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad de la Secretaría de Economía afirmó que hasta el 30 de septiembre se registraron 39 juicios de amparo contra esa normatividad.

El subsecretario Ernesto Acevedo expuso que la Norma Oficial Mexicana 051, de especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-información comercial y sanitaria, entró en vigor este 1 de octubre de 2020, pero no habrá sanción por incumplimiento hasta el 1 de diciembre próximo.

Dijo que hasta el 30 de septiembre de 2020 se tuvo conocimiento de 32 juicios de amparo notificados, más 7 juicios de amparo en proceso de notificación, lo que hace un total 39 juicios de amparo.

El funcionario explicó que tomará un tiempo la resolución de estos amparos, los cuales corresponde resolver a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y agregó que por el momento se les negó a las empresas la suspensión provisional del cumplimiento de la norma. "En algunos de esos casos los jueces han negado la suspensión, es un derecho legítimo, la ley de amparo protege a toda la sociedad, pero creo que poco a poco tienen que ir entendiendo las empresas que lo que conviene es estar de lado de la salud, de la economía nacional y el Poder Judicial, es independiente, hará sus valoraciones y resolverá conforme a derecho", comentó.

Si bien la norma entró en vigor el 1 de octubre pasado, hay un acuerdo entre las distintas autoridades en la materia "para que en el proceso de verificación no se sancione a los establecimientos comerciales que tengan productos que cumplían con la norma hasta ayer vigente".

Expuso que lo que prevén es que por un lapso "cohabitarán productos similares, idénticos pero que pueden tener el etiquetado viejo y el nuevo". El funcionario dijo que una vez que se termine ese período, es decir a partir del 1 de diciembre, si pueden ser sujetos de sanción los establecimientos que vendan productos sin el nuevo etiquetado. "La sanción va sobre quien comercialice y se puede voltear al productor, eso sería una secuencia legal probable, pero como Profeco hace inspección en el punto de venta y protegemos al consumidor final, entonces la verificación se hace ahí, en el punto de venta. La mayor parte de cadenas comerciales y empresas están acatando la nueva norma", añadió.

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