“Me duele todo lo quemado, ¿por qué me hicieron esto?”, no paraba de repetir Jazmín al personal médico que la curaba. La adolescente tenía 11 años cuando fue rociada con alcohol y posteriormente quemada al interior de un centro de rehabilitación denominado “Casa de Vida Camino a la Fortaleza”, ubicado en Tonalá, en julio de 2022.Su mamá, Mónica, la internó ahí con el objetivo de controlar su ansiedad severa y cambiar su mal comportamiento.El 23 de julio de ese año el propietario del anexo la llamó para decirle que la niña “había tenido un accidente” y se había quemado.Al llegar a la Cruz Verde, cuando la niña desmintió el supuesto accidente, contó que el personal la bañó en alcohol y luego la quemó con una pistola que daba descargas eléctricas, pues “se había portado mal”. La trabajadora que iba con ellas huyó.Pedro Briones, titular del Centro Estatal contra las Adicciones en Jalisco (CECAJ), señaló que se tiene conocimiento de 608 sitios de este tipo en la Entidad, de los cuales sólo 204 cuentan con un registro, mientras que otros 60 están en proceso de regularización. De acuerdo con el Artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la Organización de las Naciones Unidas, “nadie será sometido a torturas ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos”.Es basado en ello que, lo que suele ocurrir dentro de los centros de internamiento contra las adicciones que carecen de permisos y protocolos para su operación, como ocurrió también en el caso de Jazmín, quien fue quemada al interior de un centro, debe ser considerado como tortura, pues las acciones que se llevan a cabo dentro de los mismos son realizadas sin verdaderos protocolos de rehabilitación, y con el único objetivo de producir terror en las personas para evitar que consuman sustancias tóxicas o que dejen de comportarse de cierta forma, más allá de lograr su desintoxicación, recuperación y rehabilitación para convertirlas en personas sanas y productivas.El Centro Estatal contra las Adicciones en Jalisco (CECAJ) y la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco (COPRISJAL) son las instituciones que revisan la correcta operación de este tipo de Centros. Pedro Briones, titular del CECAJ señala que se tiene conocimiento de la operación de 608 centros de rehabilitación, también conocidos como anexos o albergues de tipo residencial para el tratamiento de las adicciones en Jalisco, de los cuales sólo 204 cuentan con un registro, mientras que otros 60 están en proceso de regularización.Por su parte, la Comisión Nacional Contra las Adicciones (CONADIC), reconoce únicamente 18 establecimientos en el corte más reciente de su Directorio Nacional de Establecimientos Residenciales de Atención a las Adicciones (a marzo de 2023). El reconocimiento de la CONADIC es por considerar que “dan cumplimento a lo dispuesto en la Norma Oficial NOM-028-SSA2-2009 para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, la normatividad vigente y aplicable, así como el respeto a los derechos humanos de las personas usuarias por parte del personal de los establecimientos residenciales”.Lo anterior da cuenta de que existen decenas de centros que carecen de reconocimiento o que operan de manera clandestina, donde se mezclan a hombres y mujeres sin importar su edad, adicción o contexto psicosocial, y que no se puede garantizar su correcta operación con base en la norma oficial. De 2018 a julio de 2023, los ayuntamientos de los nueve municipios que conforman la Zona Metropolitana de Guadalajara concentran el 80% de los centros de rehabilitación registrados por el CECAJ, han realizado 70 clausuras parciales o totales de este tipo de sitios, de los cuales el 85% de ellas se llevaron a cabo por la falta de permisos o licencias municipales para operar, de acuerdo con diversas solicitudes de información realizadas a las direcciones de Transparencia de los ayuntamientos, aunque esto no ha podido garantizar que este tipo de centros deje de existir. La Fiscalía de Jalisco informó, a través de Transparencia, que entre enero de 2018 y junio de 2023 inició 18 carpetas de investigación “por delitos relacionados con centros de rehabilitación cometidos al interior por personal de dichos centros”, sin especificar en qué consistieron tales ilícitos.Sin embargo, también dio a conocer que entre 2019 y junio del 2023 se iniciaron 214 carpetas de investigación por el delito de privación ilegal de la libertad relacionadas con este tipo de centros.La Fiscalía indicó que en el mismo periodo apenas se abrieron tres carpetas de investigación por el delito de tortura relacionadas con centros de rehabilitación: una en el 2019 en Lagos de Moreno y dos iniciadas en 2022 por hechos ocurridos en Guadalajara.La dependencia además dio cuenta de la apertura de otra carpeta por “delitos contra la dignidad de las personas y privación ilegal de la libertad” iniciada en 2021; una por “delitos contra la dignidad de las personas” iniciada en el mismo año y una más por “responsabilidad profesional y técnica, maltrato infantil y delitos contra la dignidad de las personas”, iniciada en 2022.Ninguno de los casos coincide con la denuncia presentada por Mónica, ante los hechos cometidos contra Jazmín, pese a que sí existen tres detenidos por el caso, señalados por los delitos de maltrato infantil y lesiones calificadas. Pese a cuestionarle, la Fiscalía Estatal no brindó información sobre este tema, ni sobre el número de clausuras realizadas a este tipo de centros relacionado con las carpetas de investigación iniciadas en torno a centros de rehabilitación o anexos.Po otra parte, pese a que la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) instaló el primer Mecanismo Estatal de Prevención de la Tortura en Jalisco, en noviembre de 2019, y de que el entonces ombudsman, Alfonso Hernández Barrón asegurara que se emitirían recomendaciones en la materia, no sólo en el sentido de los centros de detención o detenciones policiales, sino de “todos los centros donde hay personas que tienen restricciones de la libertad como albergues, asilos, centros de rehabilitación y de atención a personas con discapacidad y a migrantes”, hoy no hay resultados en materia específica de los centros de rehabilitación.Tras cuestionar al organismo estatal sobre los alcances obtenidos en estos casi cuatro años, la vocería informó que no se tienen reportes o acciones relacionadas con la prevención de tortura en este tipo de centros, aunque además así lo establece el plan de trabajo presentado en 2019 ante la creación del mecanismo.Señaló, en este sentido la CEDHJ únicamente ha colaborado con el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), responsable de compartir en sus informes anuales o especiales, lo encontrado en las visitas y supervisiones.Dicho Mecanismo Nacional emitió, en su Informe Anual de Actividades, correspondiente a 2020, información sobre el panorama que enfrentaban entonces los centros de rehabilitación, encontrando, por ejemplo que al menos 13% de las personas entrevistadas en siete centros de rehabilitación se hallaban internadas contra su voluntad, que en tres de los centros las personas entrevistadas reportaron haber sido víctimas de golpes por parte de alguien del establecimiento, incumpliendo así la Ley General de Salud, que establece en su Artículo 74 Ter que las personas pueden ser internadas contra su voluntad sólo cuando se compruebe científicamente que el tratamiento es el adecuado para tratar su adicción, pero siempre en pleno respeto a la persona. Voz del expertoÁngel Salvador Ferrer, coordinador del programa de Prevención de la Tortura de la organización Documenta A.CDe acuerdo con Ángel Salvador Ferrer, coordinador del programa de Prevención de la Tortura de la organización Documenta A.C, aunque no existen muchos registros oficiales que den cuenta de la proliferación de estos sitios, se estima que un 90% operan en algún grado de ilegalidad o irregularidad.Por ejemplo, si bien el INEGI daba cuenta en 2015, en su Censo de Alojamientos de Asistencia Social, de la existencia de mil 782 centros de rehabilitación para personas con adicciones en México, al corte de mayo de 2023 la CONADIC sólo reconoció 226 a nivel nacional.La proliferación de este tipo de centros de rehabilitación dijo, data de los años 80 aproximadamente, partiendo de que fue hacia los años 60 cuando las autoridades comenzaron a criminalizar a las personas con adicciones tratando de relegar a las personas que consumían sustancias psicoactivas, más allá de establecer una política pública que incidiera en su rehabilitación.“Lo que estamos diciendo es hay un descontrol total de estos centros, y eso obedece a que el problema de las adicciones en México desde hace décadas se intentó abordar desde una lógica de aplastamiento y represión hacia el consumo de sustancias, con la finalidad de que no acaben contaminando a toda la ciudadanía”, explicó el especialista.Entonces, señaló, una vía validada internacionalmente para tratar el tema de las adicciones fue logrando que las personas dejaran de consumir de una manera rápida y efectiva, y que no tuviesen ganas de volver a consumir la sustancia. “Esa era como un poco la lógica, por eso entonces las instituciones públicas, aceptaron y permitieron casi cualquier opción que llevase a que las personas no consumieran”, señaló.Fue así, y ante la ausencia de centros operados por las autoridades, que el ámbito privado aprovechó para comenzar a instaurar centros de rehabilitación para tratar a las personas con adicciones, bajo acciones ortodoxas que contemplaban golpes, humillaciones, castigos, tortura y otras violaciones de los derechos humanos, mismas que persisten en la mayoría de los centros que operan en la clandestinidad, como fueron los casos de Jazmín y Octavio, cuyos estragos psicológicos y sociales persisten al día de hoy. Octavio tiene 22 años. Apenas el año pasado fue internado por su madre, por segunda ocasión, derivado de problemas con el alcohol. Ella eligió un supuesto albergue ubicado en la colonia Constitución, en Zapopan, Jalisco, una de las más concurridas y céntricas del municipio. El lugar se encuentra en la calle Rayón, a sólo 13 cuadras del centro cultural que lleva el mismo nombre de la colonia.El personal llegó por él hasta su casa, la mujer les abrió la puerta y, contra la voluntad de José, los encargados lo sometieron poniéndole esposas en las manos y en los pies, para llevarlo a bordo de un vehículo hasta el supuesto centro de rehabilitación, el cual carece de algún registro de operación.Su estancia se acogió a un cuarto donde, dijo, había 70 personas hacinadas, hombres y mujeres de todas las edades, sin separarlas por género, edades o tipo de adicción por el cual habían ingresado. Ahí escuchaban los testimonios unos de otros de todo lo que habían hecho, lo que consumían, dónde lo conseguían, incluso, contó el joven, había quiénes contaban cómo habían asesinado personas.En ese mismo espacio cerrado hacían actividad física y comían, si así se le puede decir a las “tortillas pasadas” que les regalaban negocios vecinos y a los frijoles echados a perder que les obligaban a ingerir.“Yo la verdad prefería no comer porque siempre me hacía daño, cuando pude salir de ahí era un esqueleto. A mí en lo personal nunca me pegaron, pero me ponían otros castigos inhumanos como que, si alguno se quedaba dormido, nos paraban a todos hasta cinco horas con las manos arriba, y pobre del que las bajara.El sitio donde Octavio fue internado hace un año aún sigue en operación, pese a los operativos mencionados por Pedro Briones, titular del CECAJ, en los cuales las distintas autoridades han realizado recorridos de supervisión para intentar ubicar este tipo de centros de rehabilitación que operan en la clandestinidad, cifra que no ha podido ser estimada.Así, lo ocurrido dentro del centro donde fue internado Octavio, como muchos otros que operan en la Metrópoli a expensas de las autoridades municipales y estatales, se constituye como tortura, también basado en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, donde se establece que la tortura también puede ser cometida por particulares. Los casos de Jazmín y Octavio dan cuenta de la facilidad con la cual operan este tipo de centros de rehabilitación que proliferan en la metrópoli y operan por vía libre ante la dificultad de ser ubicados, sin sanciones, y permitiendo que continúen las prácticas de tortura por parte de las personas quienes someten a las víctimas a ello.Si bien la Norma Oficial NOM-028-SSA2-2009 establece las disposiciones para su operación, en ninguno de los casos mencionados esto se cumple. La norma establece, por ejemplo, que estos espacios deben contar públicamente con el aviso de funcionamiento, un programa de trabajo aprobado por las autoridades, contar con la infraestructura y equipo apropiado para su funcionamiento, personal capacitado.Además, señala que en todo momento el personal que labora en estos sitios tiene la obligación de vigilar, proteger y dar seguridad a los usuarios mientras permanezcan, basándose en el pleno respeto a su persona, a los derechos civiles y humanos y promover la participación de la familia en el proceso; es decir, en ningún caso los golpes, intimidaciones, ni ningún tipo de violencia entendida como tortura para “intentar” que dejen de consumir sustancias tóxicas.Por otra parte, tratándose de menores de 16 años, sólo se le ingresará cuando existan programas y espacios adecuados e independientes, de acuerdo con la edad y sexo, de lo contrario deberá ser referido a los establecimientos encargados de la atención a menores, es decir, Jazmín nunca debió de ingresar a ese centro de rehabilitación donde no se tenía ningún filtro ni programa especializado para ella, permitiendo además que sufriera abuso sexual al ser mirada mientras se bañaba o cambiaba.La Ley General de Salud en sus artículos 72 al 77 establece un nuevo paradigma de atención a la salud mental y adicciones, basado en prevención, atención de primer nivel y servicios comunitarios; y respeto a la voluntad de las personas.Por ejemplo, en el caso de niñas, niños o adolescentes la ley establece que deberán privilegiarse alternativas comunitarias; en caso de que exista la justificación clínica para el internamiento, este se llevará a cabo en hospitales generales o en hospitales de pediatría, es decir, no se considera a los centros de rehabilitación de estancia prolongada. En caso de no estar de acuerdo con el internamiento en la institución, junto con la madre, el padre o tutor, se deberá valorar otras alternativas de atención.De acuerdo con Pedro Briones, titular del CECAJ, los centros de rehabilitación, en su mayoría clandestinos, continúan en operación principalmente debido a que las personas siguen acudiendo a ellos para tratar a sus familiares, y a que no se denuncian los tratos inhumanos y violaciones a los derechos humanos. De acuerdo con el coordinador del programa de Prevención de la Tortura de la organización Documenta A.C, es por la ausencia de centros operados por el Estado que las familias acuden a ellos ante la promesa de que serán rehabilitados. Voz del experto Denisse Montiel, co-coordinadora del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C.Para la co-coordinadora del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD), Denisse Montiel, las autoridades estatales no pueden eximir sus responsabilidades en el tema, pues son ellas las encargadas de identificar los centros existentes y cómo operan.Montiel consideró que esta problemática ha ido creciendo cada vez más debido a la permisividad por parte del Estado. Sin embargo, señaló, las responsabilidades deben ser devueltas a las autoridades, pues consideró, las múltiples instituciones que han sido omisas.“Lo que han generado es que sepamos de casos en donde se cometen actos de tortura, casos que también develan la comisión de otras graves violaciones de derechos humanos, como también la desaparición en algunos casos”, expresó Denisse Montiel.Aunque se cuestionó a la Fiscalía de Jalisco sobre el número de personas con reporte de desaparición localizadas en centros de rehabilitación, hasta la conclusión de este reportaje omitió dar información alguna.También recordó que, entre las responsabilidades del Estado, según las legislaciones en la materia, se encuentran la de verificar en qué condiciones se encuentran estos centros, identificar qué centros están operando, cuáles son los planes de tratamientos, con qué profesionistas cuentan, y por el otro lado también hacer llegar la información a las familias.También, dijo, “la Comisión Estatal Derechos Humanos lleva parte de la responsabilidad, pues si bien se cuenta con un mecanismo local en materia de prevención de la tortura, establecido en 2019 y que se publicitó como el primer y único mecanismo a nivel nacional que existía, hay un vacío respecto de las acciones impulsadas en materia de centros de rehabilitación.“Debían de realizar visitas de monitoreo a lugares donde hubiera cualquier persona privada en la libertad no sólo relacionado con los centros penitenciarios, sino de atención a salud mental y de rehabilitación de adicciones. Hay un vacío de la atención y responsabilidad por parte de la Comisión Estatal”, lamentó Denisse Montiel.De acuerdo con la plataforma de Publicación de Sentencias del Consejo de la Judicatura, en Jalisco sólo existen tres sentencias definitivas, en materia civil y no penal, relacionadas con el delito de tortura, las tres emitidas entre el 14 de julio y el 10 de agosto de este año, y en las cuales sólo se establece el pago de reparación del daño. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha establecido que el consumo de sustancias psicoactivas debe ser abordado como un tema de salud pública, ante las diversas consecuencias sociales y sanitarias que provienen de ello.Para ello, indica la OPS, se debe considerar el ámbito de la salud y el bienestar social mediante políticas formuladas por los organismos de gobierno, de acuerdo con sus mandatos y contextos específicos. “Una política explícita sobre salud y consumo de sustancias psicoactivas permite desarrollar las respuestas necesarias para proteger y promover el derecho a la salud de la población con relación a este problema complejo”.Para la co-coordinadora del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C (CEPAD), Denisse Montiel, no se trata solo de un tema social, sino que el Estado debe reforzar sus medidas de prevención, identificación del problema y acción, a fin de establecer políticas que vayan más allá de solo enfocarse en los centros de rehabilitación, que en su gran mayoría se tratan de centros privados.“Como autoridad no te puedes deslindar. Es necesario establecer un diagnóstico de cuáles son las causas más estructurales que están generando que las personas caigan en cualquier tipo de adicción. No solo es una responsabilidad de la sociedad o de las familias, es responsabilidad del Estado el poder identificar esas causas que están generando estas causas y poder atenderlas”, dijo. Esta investigación fue realizada en el marco del proyecto "Periodistas contra la Tortura" con el acompañamiento de Documenta. Para más información contactar a: comunicacion@documenta.org.mx CT