La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucionales algunos artículos de la reforma al Código Electoral del Estado de Jalisco aprobados el año 2023. Pese a que la discusión de los artículos fue pactado hace unos meses, 10 ministros votaron a favor del proyecto del ministro Luis María Aguilar, solo en contra votó la ministra presidenta Norma Piña. Los artículos declarados como inconstitucionales son los dedicados a los derechos de electorales de personas con discapacidad y de pueblos originarios. El primero refiere a la definición que daban a personas con discapacidad, pues se considera como restrictiva para garantizar los derechos políticos de las personas que se encuentran en esta condición. El otro elemento declarado como inconstitucional fue la obligación de traducir documentos, lineamientos o preceptos relacionados con la postulación de personas en solo dos lenguas, la wixaritari y náhuatl, por lo que se consideró que se discrimina a la generación de documentos en otras lenguas originarias que hay en el estado. “La lectura de dichos preceptos deberá realizarse con la porción normativa que subsiste referente a las personas indígenas, por lo que el vocablo lenguas se refiere a las lenguas indígenas que puedan presencia en el estado de Jalisco”, dijo el ministro Luis María Aguilar. La SCJN acordó que la declaratoria de invalidez surtirá efectos hasta que haya concluido el proceso electoral 2023-2024. EE