Jueves, 02 de Mayo 2024
Jalisco | Cédula profesional

¿Por qué la cédula profesional ya no pierde su vigencia en Jalisco?

En Jalisco, se buscaba la expedición de una cédula profesional temporal y la obligación de certificarla periódicamente, pero se invalidó; te contamos por qué

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

La cédula profesional en Jalisco ya no tiene vigencia. EL INFORMADOR / ARCHIVO

La cédula profesional en Jalisco ya no tiene vigencia. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Hace un año, en enero, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a una profesionista contra la Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco al considerar inconstitucional la expedición de una cédula profesional temporal y la obligación de certificarla periódicamente.

Todo como resultado de que en agosto de 2022, se dio a conocer la exigencia de un certificado profesional en Jalisco, por lo que diferentes colegios de abogados se mostraron en contra de la medida y anunciaron amparos, al considerar que tenía fines recaudatorios.

Según el proyecto, la certificación obligatoria comenzaría en enero de 2023 para profesionales como doctores, dentistas, psicólogos, fisioterapeutas, abogados, contadores, arquitectos e ingenieros, entre otras. Tendría un costo de 500 pesos y consideraba multas.

Tras el amparo promovido, la SCJN revisó que no se vulnerara el derecho a la libertad de Trabajo y falló el miércoles 18 de enero de 2023.

Se explicó que, al establecer los requisitos para la obtención de la cédula, el Congreso de la Unión no dispuso la existencia de una cédula temporal ni la obligación de certificarla. Por lo tanto, la ley estatal incide en las atribuciones de la Federación, ya que las entidades federativas son competentes para regular la emisión de títulos profesionales, pero no para establecer o variar las exigencias para obtener o conservar las cédulas profesionales.

Ante esto, y debido a la reforma que se hizo a la Ley Estatal para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado de Jalisco (LPAPEJ), que fue publicada el pasado 3 de junio de 2023 en el Periódico Oficial, se considera a la certificación profesional como voluntaria y anula la vigencia de la cédula profesional en el Estado.

"Estamos invitando a que los profesionistas a que por voluntad propia y actitud competitiva para ejercer un mejor servicio se puedan certificar. Además, en el Consejo Estatal para las actividades Profesionales y la Dirección de Profesiones, tenemos una expectativa positiva ante este nuevo cambio, lo que significa que estaremos haciendo una campaña en las universidades y en todas las empresas para invitar al profesionista a que se certifique de manera voluntaria, pero a cambio ofrecerles incentivos, por ejemplo un padrón donde el Estado los difundirá para que se dé preferencia de contratación a los profesionista que si estén certificados en contra de los que no", dijo en aquellos días el director de Profesiones, Martín Almádez.

Por su parte, el Consejo de Colegios de la Abogacía del Estado de Jalisco manifestó su beneplácito por la sentencia emitida por los ministros de la Segunda Sala de la SCJN; asimismo, hicieron hincapié en la inconstitucionalidad de la Ley de Actividades Profesionales del Estado de Jalisco.

Señalaron que la ley promulgada por el Congreso de Jalisco incidía en las atribuciones de la Federación al ordenar que todos los profesionistas de la Entidad acudan a tramitar una cédula profesional temporal y además que la certifiquen periódicamente.

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