Jueves, 18 de Abril 2024

Impulsan regulación de los espectaculares

El alcalde tapatío, Pablo Lemus, propone una reforma para que los Ayuntamientos puedan retirar los anuncios irregulares

Por: El Informador

Los ayuntamientos de Guadalajara y Zapopan se pusieron de acuerdo para combatir a los espectaculares irregulares. EL INFORMADOR/A. Navarro

Los ayuntamientos de Guadalajara y Zapopan se pusieron de acuerdo para combatir a los espectaculares irregulares. EL INFORMADOR/A. Navarro

Ante los anuncios irregulares y la contaminación visual que presentan, y para unificar los criterios en la regulación y el retiro de espectaculares, el alcalde tapatío, Pablo Lemus, planteó reformas a las leyes estatales. 

“Las facultades que tenemos como municipio es clausurar si no tienen licencia, pero nos faltan para ingresar al terreno donde está el anuncio y retirar las estructuras. Eso lo puede dar una legislación estatal. Por esa razón es que sería una buena propuesta para las diputadas y los diputados que impulsen una legislación obligatoria para todos los municipios”.

Por lo pronto, por inconsistencias como la falta de licencias, ya fueron clausurados 190 espectaculares en Guadalajara y Zapopan. 

Lemus acentuó que los dos Ayuntamientos trabajan en coordinación en el tema. Destacó que han tenido avances en puntos como Patria y Periférico.

Se identificaron incumplimientos en el Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y Prestación de Servicios. Además de la falta de licencia, se documentaron otras anomalías, como la carencia de seguro para terceros, la bitácora de mantenimiento y el dictamen de cálculo estructural, así como la falta de placa de identificación.

Las medidas para supervisar el cumplimiento de las especificaciones de la regulación sobre espectaculares se realizaron en zonas de las avenidas Acueducto y Patria, 16 de Septiembre, México, López Mateos Norte y Sur, Circunvalación, Plan de San Luis, Arcos, Américas, Guadalupe, Hidalgo, Unión, Federalismo, Eulogio Parra y Lázaro Cárdenas, entre otras.

El monto de la sanción económica, que la determinan jueces calificadores, oscila entre  80 mil y 180 mil pesos en el caso de los espectaculares, y entre 20 mil y 30 mil pesos por las lonas de gran formato.

GUADALAJARA Y ZAPOPAN

Clausuran casi 200 de anuncios irregulares

Por inconsistencias como la falta de licencias, han sido clausurados 190 espectaculares en los municipios de Guadalajara y Zapopan.

Las medidas para supervisar el cumplimiento de las especificaciones de la regulación sobre espectaculares se realizaron en zonas de las avenidas Acueducto y Patria, 16 de Septiembre, México, López Mateos Norte y Sur, Circunvalación Jorge Álvarez del Castillo, Plan de San Luis, Arcos, Américas, Guadalupe, Hidalgo, Unión, Federalismo, Eulogio Parra y Lázaro Cárdenas; entre otros puntos.

Van por plan de intervención de los ingresos 

Con la intención de abonar a la mejora de la imagen urbana y el retiro de la contaminación visual, el presidente municipal de Guadalajara, Pablo Lemus, informó que presentará una propuesta ante el Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (Imeplan) para que se formule un proyecto de remodelación en el ingreso a la metrópoli por la carretera a Chapala, desde el Aeropuerto Internacional Miguel Hidalgo.

“Para tener una imagen bonita para los visitantes que tenemos”, detalló. 

Lemus Navarro consideró que se requiere trabajar para que la ciudad le de una mejor cara a los visitantes desde su llegada.

Poco o nada se ha realizado para mejorar la vista del espacio urbano. EL INFORMADOR/A. Navarro

Olvidan estrategia para regular espectaculares

Sólo en el papel quedó la política metropolitana de regulación de anuncios espectaculares presentada en las administraciones municipales del trienio 2015-2018.  Con el lema “El espacio público se respeta”, se planteó que habría un reglamento metropolitano para la regulación de estos anuncios publicitarios, que sería avalado por todos los ayuntamientos metropolitanos. 

Entre otras cosas, se presumieron medidas como reglamentar la publicidad urbana en vallas, espectaculares, publicidad a gran formato, publicidad móvil, pantallas, anuncios sonoros y volanteo.

Entre los acuerdos planteados estaban que no habría licencias para espectaculares nuevos, no se permitirían espectaculares en zonas especiales, en zonas habitacionales y prohibir la publicidad de bebidas alcohólicas. Adicionalmente se especificó que no se permitirían pantallas nuevas.

Los ayuntamientos metropolitanos pactaron que buscarían que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) se sumara a las medidas para que la reglamentación se extendiera a las carreteras federales que ingresan al Área Metropolitana de Guadalajara (AMG), donde existen anuncios publicitarios con estas características.

La intención de homologar la reglamentación sobre espectaculares tenía como objetivos garantizar el derecho humano a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, libre de contaminación visual y auditiva, así como  avalar el derecho universal a la cultura, en su expresión arquitectónica, cuidando la imagen urbana, además de preservar la integridad física de las personas, a fin de regular la comunicación visual colocada en las vías públicas.

Las medidas se anunciaron por el entonces alcalde de Zapopan Pablo Lemus Navarro, de Tlaquepaque María Elena Limón, de Guadalajara quien ahora es gobernador de Jalisco, de Tonalá Sergio Chávez Dávalos, Alberto Uribe de Tlajomulco y de Juanacatlán Refugio Velázquez Vallín.

GUÍA

¿Qué dice la legislación sobre regulación de espectaculares?

El Código Urbano del Estado en su artículo 342 especifica que toda persona física o moral, pública o privada, que pretenda fijar, instalar, colocar, ampliar o modificar anuncios, deberá obtener previamente la licencia expedida por el municipio, en los términos dispuestos por los reglamentos aplicables. Se prohíbe la instalación de anuncios espectaculares, pantallas electrónicas, carteleras a nivel de piso en predios baldíos o los del tipo voladizo.

¿Y cuáles son las responsabilidades de los municipios?

En el artículo 345 del Código Urbano se establece que los municipios que emitan licencias de anuncios espectaculares deberán establecer y actualizar los registros de licencias otorgadas, padrón de anunciantes eventuales y arrendadoras publicitarias.

TELÓN DE FONDO

Prohíben nuevas licencias 

Desde el año 2015 los ayuntamientos de Guadalajara, Zapopan, Tlaquepaque, Tlajomulco, Tonalá, Juanacatlán y El Salto anunciaron la creación de nuevos reglamentos para controlar la instalación de publicidad exterior: espectaculares, pantallas, vallas y anuncios de gran formato.

Algunos de los aspectos que contemplaba ese reglamento de la publicidad exterior en Guadalajara son que no se entregarán nuevos permisos ni licencias para anuncios estructurales durante los próximos tres años, se incrementa la distancia mínima a 200 metros entre éstos, no se permitirán pantallas en una distancia radial de 250 metros de monumentos e hitos urbanos, se regulará la luminosidad de las pantallas, los anuncios semiestructúrales sólo podrán ser colocados en plantas bajas, en superficies no mayores a cinco metros cuadrados, siempre y cuando no excedan 20% de la fachada.

En ese momento se detalló que, en la Zona Metropolitana de Guadalajara, el crecimiento en el número de vallas publicitarias y espectaculares se había convertido en un problema. 

CLAVES

  • El proyecto de tener una reglamentación unificada para la colocación de espectaculares planteaba regular la publicidad urbana como vallas. espectaculares, publicidad a gran formato, publicidad móvil, pantallas, anuncios sonoros y volanteo.
  • No se permitirían nuevas vallas publicitarias, solo tapiales en obras en construcción.
  • Restringir la entrega de nuevas licencias para espectaculares.
  • La colocación de anuncios requeriría la anuencia previa de los vecinos colindantes.
  • No se permitirán espectaculares en zonas especiales y en zonas habitacionales.
  • La publicidad de gran formato solo estaría permitida en construcciones y durante la misma.
  • Respecto a las pantallas, refiere que están prohibidas en el Código Urbano a nivel de piso, baldíos o voladizos. No se permitirían pantallas nuevas.

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