Sábado, 13 de Junio 2026

Avalan ley para que familiares de servidores públicos desaparecidos accedan a pensión

La reforma impulsada en el Congreso de Jalisco establece nuevos mecanismos de protección para familias de servidores públicos desaparecidos

Por: Marck Hernández

Familiares de personas desaparecidas podrán recibir apoyos económicos mientras se mantiene vigente el proceso legal correspondiente. ESPECIAL

Familiares de personas desaparecidas podrán recibir apoyos económicos mientras se mantiene vigente el proceso legal correspondiente. ESPECIAL

El Congreso de Jalisco aprobó una ley para que familiares de servidores públicos que estén en calidad de desaparecidos accedan a una pensión.

Se trata de una reforma propuesta por el diputado del PT, Leonardo Almaguer, la cual modifica la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (IPEJAL) para este apoyo.

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La iniciativa incorpora el término “declaración especial de ausencia” en la ley y permite que se otorguen pensiones a familiares de personas desaparecidas que sean servidores públicos, ya que en la actual ley, en el IPEJAL, solo se otorga pensión si se presenta un acta de defunción.

Reforma reconoce la presunción de vida de personas desaparecidas

El diputado Leonardo Almaguer indicó que, con el término incorporado, se plantea que haya un principio de que se siga considerando en vida a un servidor público que esté desaparecido.

“El dictamen no presume la muerte de ninguna persona; por el contrario, se construye sobre el principio de presunción de vida reconocido por la ley para la Declaración Especial de Ausencia del Estado de Jalisco y exige una resolución judicial firme emitida por la autoridad competente”.

El legislador explica que se deben garantizar los derechos para familiares víctimas de desaparición.

“Garantizar que los derechos de seguridad social no desaparecen junto con la persona desaparecida en una entidad donde miles de personas permanecen desaparecidas; es necesario garantizar mecanismos mínimos de protección económica para sus familias”.

IPEJAL deberá crear registro de servidores públicos desaparecidos

El dictamen también establece que el derecho a la percepción de pensión por viudez, orfandad o declaración especial de ausencia nace a partir del día siguiente de la publicación que ordene el juez en el procedimiento especial de declaración de ausencia, en términos de lo dispuesto en el Código Civil del Estado de Jalisco.

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El dictamen también precisa que la pensión para familiares de servidores públicos de desaparición se otorgará independientemente de la causa de desaparición del afiliado, a menos que el familiar beneficiario hubiera provocado intencionalmente la desaparición del afiliado.

Además, el IPEJAL deberá integrar y mantener actualizada una base de datos institucional que contenga el registro de servidores públicos desaparecidos.

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