
¡Cuidado! Estas son las sanciones que puedes recibir por hacer mal uso de la bandera
Los símbolos patrios representan nuestra historia y cultura, manifiesta tu orgullo con respeto y dignidad

Consulta las recomendaciones de la Dirección de Fomento Cívico. ESPECIAL / PEXELS / CANVA
Las Fiestas Patrias llegan y con ellas, la ganas de expresar nuestro orgullo nacional. La Bandera Nacional se eleva con dignidad y los colores tricolor brillan en nuestras ropas. Sin embargo, un gesto incorrecto puede convertirse en una ofensa a los símbolos patrios. ¿Qué se considera hacer mal uso de la bandera y cómo te pueden sancionar? Te lo decimos a continuación.
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La Secretaría de Gobernación, de la mano de la Dirección de Fomento Cívico lanzó un llamado a través de sus redes sociales para recordar a los ciudadanos la importancia de usar correctamente los símbolos patrios durante el próximo Grito de Independencia de México.
La Dirección de Fomento Cívico de #Gobernación puede orientarte sobre cómo usar correctamente los Símbolos Patrios.
Conoce más sobre el uso adecuado de los #SímbolosPatrios ������
�� https://t.co/9dLFTScq1o pic.twitter.com/6Wh9G2phjv— Gobernación (@SEGOB_mx) September 13, 2024
De acuerdo al Código Penal Federal, en el artículo 191 se establece que, según la gravedad del ultraje al escudo de la República, la Bandera y el Himno, “ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio del juez”.
Asimismo, en el Artículo 56 de La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, se indican infracciones de acuerdo a las conductas siguientes:
- Alterar o modificar las características de la Bandera Nacional.
- Utilizar el Escudo Nacional sin la autorización de esta Ley.
- Inscribir en la Bandera Nacional la denominación o razón social de las Instituciones sin la autorización
- pertinente.
- Comercializar ejemplares de la Bandera Nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
- Inscribir en la Bandera Nacional el nombre de personas físicas o Instituciones para promover su imagen, bienes o servicios.
- Portar la bandera presidencial.
- Alterar la letra o música del Himno Nacional.
- Cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro.
Recuerda que el Himno Nacional sólo se ejecuta, total o parcialmente, en actos solemnes de carácter oficial, cívico, cultural, escolar o deportivo, y para rendir honores a la Bandera Nacional.
¿Puedo utilizar la bandera en mi casa, oficina, empresa, comercio o automóvil?
Sí. De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno nacionales, no se necesita autorización para usar la Bandera Nacional en la fachada de inmuebles, domicilios, oficinas, vehículos, establecimientos comerciales o empresas. En estos casos la bandera puede ser de cualquier dimensión. No obstante, debe darse a la Bandera un trato pulcro y decoroso, y deben respetarse las características de diseño y proporcionalidad.
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FP
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