Samuel García ha quedado fuera de la contienda a la Presidencia de la República por Movimiento Ciudadano (MC). No podrá competir debido a que la fracción VI del Artículo 82 de la Constitución Política indica que entre los requisitos se necesita no ser Secretario o subsecretario de Estado, Fiscal General de la República, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, “a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección”.Javier Hurtado, politólogo y ex presidente del Colegio de Jalisco, detalla que este Artículo es el que define los requisitos necesarios, por lo que los demás aspirantes no necesitan separarse seis meses del cargo.“Son campañas internas, lo único malo es que se perderían estos días. El registro de las candidaturas es hasta febrero, en MC no se quedan sin candidato”, indicó Hurtado.Por otro lado, el Instituto Nacional Electoral (INE) establece que el registro de candidaturas a la presidencia es del 15 al 29 de febrero de 2024. En ese periodo también analiza “que las mismas cumplan con los requisitos legales”.En ese orden de ideas, los que quedarían descartados para contender serían Mariana Rodríguez, esposa de Samuel García, porque no tiene 35 años como lo indica el Artículo 82 de la Constitución.- Dante Delgado- Luis Donaldo Colosio (alcalde de Monterrey)- Patricia Mercado (senadora)-Jorge Álvarez Maynez (diputado)- Ivonne Ortega, senadora y ex Gobernadora de Yucatán.“Si son senadores o diputados no están obligados a pedir licencia. Pero se ve bien que lo hagan. Pues no sería correcto cobrar como legislador y andar en campaña”, detalló Hurtado.Para ser Presidente se requiere:I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años.II. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección;III. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia.IV. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección.VI. No ser Secretario o subsecretario de Estado, Fiscal General de la República, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección; yVII. No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.