
Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad: Requisitos para tramitarla
Este beneficio está destinado a personas con discapacidad permanente de entre 0 y 64 años en 24 estados del país

El registro a este programa se realiza en los Módulos de Bienestar establecidos en cada entidad federativa. ESPECIAL
La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente forma parte de los programas sociales del Gobierno de México, diseñados para garantizar los derechos y libertades de este sector de la población.
El programa ofrece un apoyo económico bimestral de 3 mil 200 pesos, entregado directamente y sin intermediarios mediante depósitos a la tarjeta del Banco del Bienestar otorgada a los beneficiarios.
Este beneficio está destinado a personas con discapacidad permanente de entre 0 y 64 años en 24 estados del país, cuyos gobiernos han establecido acuerdos de universalidad con el Gobierno de México.
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El registro a este programa se realiza en los Módulos de Bienestar establecidos en cada entidad federativa y los requisitos para inscribir a una persona con discapacidad a este programa los compartimos a continuación.
Requisitos para tramitar la Pensión para las Personas con Discapacidad
Para obtener este apoyo, se deben cumplir ciertos requisitos y entregar documentación específica que demuestre la condición de discapacidad permanente. Las condiciones varían según si la solicitud es realizada directamente por la persona con discapacidad o por un adulto auxiliar.
Para la persona solicitante con discapacidad permanente los requisitos son los siguientes:
- Acta de nacimiento legible.
- Identificación oficial vigente (puede ser credencial de elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad).
- CURP (impresión reciente).
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (puede ser recibo de teléfono, luz, gas, agua o predial).
- Certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud.
- Teléfono de contacto para dar seguimiento al trámite.
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En caso de que el o la solicitante del programa no pueda acudir personalmente al registro, tiene derecho a nombrar a una persona auxiliar para que acuda en su representación quien, a su vez, deberá presentar una identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y un documento que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
YC
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