Jueves, 26 de Diciembre 2024

Publican en el DOF reforma que otorga derechos laborales a los trabajadores de plataforma

Los trabajadores de plataforma digitales tendrán que estar afiliados al a seguro médico del IMSS, entre otros derechos que se les otorgarán

Por: SUN .

El decreto determina que el trabajo en estas plataformas continúa siendo

El decreto determina que el trabajo en estas plataformas continúa siendo "primordialmente flexible y discontinuo". EL INFORMADOR/ARCHIVO.

El Poder Ejecutivo publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma de Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales, promovida por la Presidenta de México Claudia Sheinbaum.

En plena Nochebuena se publicó dicho documento, liberado en la edición vespertina del 24 de diciembre, los trabajadores en plataforma digitales obtienen los siguientes derechos laborales:

  • Derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario. Se pagarán veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados, tomando en cuenta el tiempo efectivamente laborado
  • Derecho a participar en las utilidades de la empresa, siempre que tengan más de 288 horas anuales trabajadas
  • Ser afiliados a seguro médico del IMSS

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Los trabajadores de plataforma digitales deben alcanzar por lo menos un salario mínimo mensual de la Ciudad de México por su trabajo, independientemente del tiempo efectivo trabajado, para alcanzar estos derechos.
Y siguen siendo considerados trabajadores independientes si no logran esta percepción marcada en la nueva Ley.

Los administradores de las plataformas digitales como, Uber, Didi o Rappi, entre otras, son los encargados de realizar el pago por el aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un riesgo de trabajo durante el tiempo efectivamente laborado.

El documento establece que si un trabajador deja de laborar por 30 días naturales de manera consecutiva se dará por terminada la relación laboral con la plataforma y no procederá la indemnización.

El decreto determina que el trabajo en estas plataformas continúa siendo "primordialmente flexible y discontinuo".

Por otra parte, las plataformas digitales podrán despedir a un trabajador sin obligación a reinstalarlo a menos que se trate de la violación a derechos colectivos, tales como la libertad de asociación, autonomía sindical, el derecho de huelga y de contratación colectiva.

Deben hacer un contrato claro sin ambigüedades para los trabajadores.

Deben entregar recibos de pagos de manera semanal.

Asimismo, el decreto entrará en vigor hasta dentro de 180 días, o sea el 22 de junio del 2025, después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Luego, 5 días después de la entrada en vigor el IMSS deberá establecer las reglas para la prueba piloto de participación obligatoria para el aseguramiento de personas trabajadoras de plataformas digitales.

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Claudia Sheinbaum propone reforma para dar derechos a repartidores de apps

El pasado 16 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum, en su conferencia del Pueblo, presentó la iniciativa para reformar la Ley Federal del Trabajo y que los 658 mil trabajadoras y trabajadores de aplicaciones digitales tuvieran acceso a derechos laborales.

"El objetivo es regular y permitir que las y los trabajadores tengan derechos amparados por la ley", explicó Sheinbaum.

La Presidenta aseguró que la iniciativa se trabajó de manera conjunta con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el IMSS, Infonavit, así como representantes de las plataformas y de los trabajadores.

"Casi en ningún país existe esto, pero es algo obligatorio y es parte de lo que nosotros concebimos en la Cuarta Transformación. No puede haber un esquema de trabajo que esté fuera de la ley", dijo Claudia Sheinbaum.

NA

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