Jueves, 25 de Abril 2024

¡Más vacaciones! Estos son los siguientes puentes y descansos oficiales que vienen

¡No guardes las maletas! Checa los siguientes descansos oficiales que vienen para abril y mayo, según la SEP y la Ley Federal de Trabajo 

Por: SUN .

El calendario oficial marca más vacaciones para abril y mayo. EL INFORMADOR/ O. Álvarez

El calendario oficial marca más vacaciones para abril y mayo. EL INFORMADOR/ O. Álvarez

La Semana Santa 2023 dejó paz y tranquilidad para miles de trabajadores mexicanos, pero todavía hay más descansos oficiales que vendrán en el mes de abril y mayo.

Estos próximos asuetos son días de descanso obligatorio asignados por el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Esto se debe a que no todos los días de descanso son similares para estudiantes y trabajadores.  Por ello, aquí te explicamos cómo aplicarán los puentes del 30 de abril, 1 y 5 de mayo.

El 30 de abril se celebra el Día del Niño. No obstante, este 2023 la festividad caerá en domingo. Aun con ello, los alumnos podrán disfrutar de un fin de semana largo en este periodo, ya que el viernes 28 se suspenderán actividades en las aulas con motivo de la Junta de Consejo Técnico Escolar y el Taller Intensivo para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio.

En las sesiones del Consejo Técnico, los maestros destinan el día para realizar actividades que permitan alcanzar el máximo logro de los aprendizajes de todos los alumnos adscritos al nivel de educación básica. La buena noticia es que el puente se extenderá desde el 28 de abril al 1 de mayo, fecha establecida como descanso obligatorio para alumnos y docentes, según el calendario oficial de la SEP.

Por otra parte, la SEP también contabiliza el 5 de mayo como suspensión de actividades. De tal modo que en esta fecha se presentará el segundo fin de semana largo del mes para estudiantes.

¿Cuáles son los puentes para trabajadores en mayo 2023?

En el caso de los trabajadores, el único día de descanso obligatorio en mayo corresponde al 1°, es decir, el Día del Trabajo. Si por alguna razón el patrón o la empresa solicita a los trabajadores asistir el 1 de mayo, se deberá pagar al doble la jornada laboral, esto de acuerdo con la LFT.

En cambio, el 5 de mayo, o bien, el día de la Conmemoración por la Batalla de Puebla, se considera un día festivo no oficial. Por lo tanto, la suspensión de actividades dependerá del centro de trabajo.

FS


 

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