La CURP biométrica, el nuevo documento de identidad impulsado por el Gobierno de México, entró en vigor el pasado 16 de octubre a nivel nacional y será obligatorio contar con ella a partir de febrero de 2026. Esta, es una evolución de la Clave Única de Registro Poblacional que está conformada por caracteres alfanuméricos, e incluye la toma de datos biométricos como huellas dactilares, fotografía, escaneo de iris, firma electrónica y reconocimiento facial. Este nuevo documento busca garantizar la autenticidad y seguridad de las personas y sus datos al momento de realizar trámites públicos y privados. Con estas medidas de verificación de identidad se pretende evitar fraudes y suplantaciones, así como generar una base de datos nacional como herramienta central para fortalecer la búsqueda y localización de personas desaparecidas. De acuerdo con el Registro Nacional de Población (Renapo), los requisitos necesarios para tramitar la CURP biométrica de niños y menores de edad son: Documentos del menor Documentos del padre/madre o tutor: Por su parte, Arturo Arce Vargas, titular del Renapo, ha afirmado que para realizar el trámite de la CURP biométrica de menores de edad, es necesario que los padres o tutores ya cuenten con dicho documento, pues la cédula del menor forzosamente deberá quedar ligada a la de alguno de los dos padres o tutores. Asimismo, Arce Vargas ha aclarado que, aunque se puede tramitar la CURP biométrica de bebés y recién nacidos, la edad mínima para la toma de datos biométricos, como huellas dactilares, es de 5 años. La razón es porque estas aún no son definitivas antes de esa edad y los sistemas de reconocimiento de datos biométricos tampoco las detectan por el tamaño de los dedos. Para las y los menores de 5 años, cuyos padres quieran tramitar su CURP biométrica, solo se les tomará fotografía, que además deberá renovarse cada año como mínimo. EE