Las personas aseguradas o pensionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden registras como beneficiario a su esposa o esposo, para garantizarle el acceso a servicios médicos de salud gratuitos, incluyendo asistencia médica y de maternidad, así como atención quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria.En su edición de enero de 2026 de la revista Familia IMSS, el instituto compartió cuáles son los documentos necesarios para el proceso y cómo se puede realizar de forma presencial o en línea.La Ley de Seguro Social, en su artículo 84, establece que la esposa o esposo del asegurado está amparado por el Seguro de Enfermedades y Maternidad, por ello, es importante registrarlos.Uno de los requisitos fundamentales para ejecutar el trámite es que la persona asegurada o pensionada se encuentre vigente en sus derechos ante el IMSS y acredite el vínculo matrimonial.El proceso puede realizarse presencialmente en la ventanilla de Control de Prestaciones o Servicios Técnicos de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda al domicilio de la persona afiliada, en un horario matutino de 8:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, y de 8:00 a 19:30 horas en unidades con ambos turnos.Los documentos necesarios son:Por otro lado, la modalidad escritorio virtual se encuentra disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, en el portal https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal/.Para hacer el trámite, deberás tener a la mano estos documentos:Al hacer el proceso por medios digitales, es necesario presentarse al servicio de Control de Prestaciones de la UMF asignada para concluir el trámite, junto con los siguientes papeles:Con información de revista Familia IMSS número 76* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MB