La Ley Federal del Trabajo (LFT) rige las jornadas ordinarias de trabajo en México. En su Capítulo II del Título Tercero (Jornada de Trabajo) establece que:La jornada ordinaria diurna no podrá exceder ocho horas, la nocturna siete horas y la mixta siete horas y media; las horas extraordinarias sólo podrán realizarse en circunstancias extraordinarias, sin exceder “tres horas diarias, ni tres veces en una semana”. Estas disposiciones reflejan que los esquemas tradicionales de jornadas extremadamente largas están ya, en principio, fuera de la norma general.El Gobierno de México ha anunciado que se reducirá la jornada máxima de trabajo a 40 horas semanales. En un comunicado oficial de la Presidencia de la República se afirma:La iniciativa está en trámite (o en discusión) en el Legislativo para reformar la LFT u otras leyes laborales pertinentes. En un medio de comunicación se recoge que la presidenta aseguró que la jornada de 40 horas “incluirá sin excepciones para sectores de salud”. Pero hasta ahora no se ha publicado un reglamento específico o un decreto que detalle cómo se ajustará el esquema de guardias (por ejemplo, las de 72 horas continuas) para médicos ante la reforma de 40 horas.La iniciativa presentada en el SIL para reformar la LFT menciona que la jornada semanal “no podrá exceder las 40 horas” para trabajadores, incluyendo un apartado que alude a personal de salud, aunque el texto aún no regula expresamente “guardias de 72 horas”. También la LFT vigente ya prevé que las jornadas prolongadas fuera de los límites ordinarios deben considerarse horas extraordinarias y estar debidamente compensadas. Si la jornada de 40 horas semanales se implementa plenamente y se extiende al sector salud, el esquema de guardias extendidas de 72 horas quedaría en tensión con el principio de jornada ordinaria establecida.Sin embargo, la clave está en la transición regulatoria: falta reglamentación que establezca cómo se reconvertirán las guardias prolongadas en turnos compatibles con la nueva jornada, o cómo se compensarán legalmente (horas extra, descansos, etc.).Sobre los internados y residencias médicas (donde los jóvenes médicos realizan guardias que pueden durar hasta 72 horas continuas) Sheinbaum dijo que estos se rigen por un esquema de beca y no de contratación laboral estándar.Aun cuando la reforma entrara en vigor, lo más probable es que existan periodos de adecuación, protocolos para residencias médicas, convenios institucionales y adaptaciones del régimen de guardias.Hasta que se publique un reglamento específico o un decreto que aborde las guardias en el sector salud (y su relación con la jornada de 40 horas), existe un vacío normativo que impide afirmar que las guardias de 72 horas “quedarán eliminadas” automáticamente.Con información del Gobierno de MéxicoBB