
LFT: ¿Cuánto me deben pagar si trabajo el lunes 17 de marzo?
La Ley Federal del Trabajo establece que los empleados que trabajen en un día de asueto deben recibir una compensación monetaria adicional

El próximo lunes 17 de marzo se conmemora el natalicio de Benito Juárez. EL INFORMADOR/ARCHIVO ESPECIAL
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la principal regulación legal que establece cuáles son las obligaciones y responsabilidades de los empleados y empleadores del país, además de los derechos de los trabajadores.
Esta ley fija en un calendario cuáles son los días de descanso obligatorio durante el año, los cuales, deben ser remunerados con una cifra mayor a la normalmente percibida en el salario diario si se trabajan.
De este modo, queda estipulado que el próximo lunes 17 de marzo es un día de descanso obligatorio debido a la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, una figura clave en la historia de México. Juárez nació en realidad un 21 de marzo, sin embargo, la festividad se recorre al primer día de la semana correspondiente.
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¿Cuánto me deben pagar si trabajo el lunes 17 de marzo?
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece:
“Los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
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De este modo, los trabajadores que presten sus servicios en esta fecha deberán recibir un salario triple como pago. Por ejemplo, si el salario diario de una persona es de 500 pesos y trabaja con normalidad el 17 de marzo, deberá recibir un pago de mil 500 pesos por ese día.
En el 2025 el salario mínimo ascendió a los 278.80 pesos diarios, esto quiere decir que los empleados que reciban ese sueldo y trabajen en el puente por el natalicio de Benito Juárez deberán recibir 836.40 pesos de pago por ese día.
¿Qué hacer si no me quieren pagar lo justo por trabajar un día festivo?
En el caso de que el monto correcto no se cubra, se puede contactar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para presentar una queja y recibir la orientación necesaria de forma gratuita, buscando un acuerdo con el empleador.
La PROFEDET pone a disposición del público los siguientes números telefónicos: 800 911 7877 y 800 717 2942, además de la dirección de correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
- Primero de enero.
- El primer lunes del febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El primero de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre.
- El primero de octubre de cada seis años por transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- Fechas determinadas por las leyes electorales federales y locales.
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MB
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