
¿Cuándo el SAT le ordena a los bancos transferirle dinero de un cliente?
Si le debes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), es mejor ponerte al corriente y no subestimar la deuda

Si consideras que el monto transferido es superior al adeudo fiscal actualizado, incluyendo accesorios, es necesario demostrarlo ante las oficinas del SAT más cercanas a tu domicilio fiscal. EL INFORMADOR / ARCHIVO
Si le debes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), es mejor ponerte al corriente y no subestimar la deuda, porque las consecuencias de no cumplir con tus obligaciones fiscales puede ocasionar muchas cosas en perjuicio tuyo; por ejemplo, que la autoridad tome los recursos directamente desde tu cuenta para garantizar el pago . Aquí los detalles:
Todos los mexicanos deben someterse a una legislación tributaria, según la actividad económica que realice. Pero si por omisiones o faltas a a ley, el SAT identifica un movimiento financiero que considera como irregular, podrían generarse multas u otro tipo de sanciones al contribuyente para hacer cumplir la ley.
Consulta: ¿A quiénes obliga el SAT a presentar la declaración anual?
El SAT puede tomar dinero de tu cuenta a causa de adeudos fiscales, cuando:
- No has pagado tus adeudos fiscales y no interpusiste un medio de defensa
- Interpusiste un medio de defensa, y no ofreciste una garantía suficiente antes de que exista sentencia definitiva
Entonces, la autoridad fiscal realiza lo siguiente:
- Ordena a las instituciones de banca múltiple, la transferencia de los depósitos hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución)
- Las instituciones de banca múltiple informan al SAT, dentro de los tres días posteriores a la orden de transferencia, el monto de los depósitos transferidos a la cuenta de la Tesorería de la Federación
- El SAT te notifica este acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando, esta autoridad fiscal tenga registro de tu correo electrónico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal, de lo contrario la notificación se realiza por estrados.
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Si consideras que el monto transferido es superior al adeudo fiscal actualizado, incluyendo accesorios, es necesario demostrarlo ante las oficinas del SAT más cercanas a tu domicilio fiscal, con prueba documental suficiente, para que dicha autoridad proceda a la devolución de la cantidad transferida en exceso en un plazo no mayor a veinte días a partir de que se te notifica la transferencia de los depósitos.
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OA
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