Presentar la declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una obligación clave para todas las personas que generan ingresos por actividades económicas. Este trámite requiere detallar los ingresos, deducciones, retenciones y pagos provisionales realizados durante el ejercicio fiscal correspondiente. Cumplir con esta responsabilidad en tiempo y forma es esencial para evitar sanciones y mantener una situación fiscal regularizada. Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo de 2025 para presentar su declaración anual, pudiendo hacerlo a partir del 1 de enero del mismo año. Optar por una presentación anticipada ofrece margen adicional para corregir posibles errores o inconsistencias, lo que facilita un proceso más ágil y sin contratiempos. Por su parte, las personas físicas deberán presentar su declaración entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2025. Identificar los gastos deducibles es un aspecto fundamental en la preparación de la declaración anual. Entre los conceptos que pueden deducirse se encuentran: Es indispensable contar con los documentos que respalden estos gastos para incluirlos correctamente en la declaración. Durante 2024, el SAT enfatizó el uso del Buzón Tributario como medio obligatorio de comunicación entre la dependencia y los contribuyentes. Aunque inicialmente la activación del buzón debía realizarse antes del 1 de enero de 2025 para evitar sanciones, la miscelánea fiscal 2025 otorgó una prórroga. Ahora, los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para activarlo y comenzar a utilizarlo. EE