A inicio del 2024 contando los 11 meses que siguieron, se registraron en Nuevo León 165 casos de abandono de personas, tratándose de un récord en la entidad. También, por tercer año consecutivo el delito de abandono de personas alcanzó los cien casos por año en el estado, después de las 106 carpetas de investigación abiertas en el año 2022, las 127 en el año 2023 y las 165 en lo que sigue del 2024. Recalcar que, según las estadísticas de la Fiscalía General de Justicia estatal, de enero del año 2008 a noviembre del año 2024 son en total en Nuevo León 918 delitos de abandono de personas, de ello el 43.35% en los 35 meses recientes. A la vez, en el año en curso se tiene un aumento en este delito respecto al año 2023 del 37.55 por ciento, al pasar de 120 el año pasado a 165 en el 2024. Con respecto al histórico registro anual del delito de abandono de personas destaca que en el año 2008 se expusieron 12 casos, en el año 2009 subió la cifra a 20, luego bajó a 11 en el 2010 y a 8 en el 2011. De ahí siguió a: Con respecto a los delitos de abandono de personas durante el año en curso, las cifras oficiales reflejan que se registraron nueve casos en enero, 11 en febrero, nueve en marzo, ocho en abril, siete en mayo, ocho en junio, 10 en julio y 12 en agosto.Después a ello el delito se disparó en la entidad al llegar a 31 casos en septiembre, 32 en octubre y 28 en noviembre.El Código Penal del estado de Nuevo León menciona, en su capítulo II artículo 335 “Al que teniendo obligación de cuidarlo abandone a uno o más menores, a una o más personas enfermas, o a una o más personas adultas mayores, incapaces de cuidarse a sí mismo, serán sentenciados a un mes a cuatro años de prisión y multa de veinte a cien cuotas si no resultare lesionado". “Para el caso de que resultara alguna lesión grave a la persona o personas abandonadas, se le aplicarán de cinco meses a cinco años de prisión y multa de cuarenta a doscientas cuotas”, expone el documento estatal. * * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * * AS