La obligatoriedad de registrar las líneas de telefonía móvil con la CURP antes del 30 de junio del 2026 responde a una estrategia de seguridad nacional que busca mitigar delitos como la extorsión y el fraude; sin embargo, la respuesta de los mexicanos no ha sido la esperada y aún faltan muchas líneas por registrar.De acuerdo con las disposiciones vigentes emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), todos los usuarios de servicios de prepago y pospago deben vincular su número telefónico con su CURP antes de la fecha límite establecida (fijada para el cierre del primer semestre de 2026).Según lo establecido en las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el objetivo primordial es crear un padrón confiable que coadyuve con las autoridades de seguridad y justicia. Por su parte, la Secretaría de Gobernación (Segob) reitera que el uso de la CURP certificada es el único mecanismo válido para asegurar que la titularidad de la línea sea auténtica y verificable. El marco legal mexicano es estricto respecto a las sanciones por omisión. De acuerdo con las políticas de cumplimiento de Telcel (América Móvil) y las directrices del Gobierno de México, el proceso de restricción se ejecuta de la siguiente manera: Para evitar la desconexión, los usuarios deben completar el trámite a través de los canales oficiales de sus respectivos proveedores de servicios. De acuerdo con el portal oficial del Gobierno de México (gob.mx), el procedimiento requiere cumplir con los siguientes puntos: JM